Para quienes no cuentan con certificado digital
DIAN FACILITA PROCESO PARA DECLARAR Y PAGAR
Bogotá,
noviembre 20 de 2012. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN,
informa que los contribuyentes que no cuenten con certificado digital y
diligencien a través de los Servicios Informáticos Electrónicos
(www.dian.gov.co), sus declaraciones de impuesto sobre las ventas Formulario
300 y el recibo de pago de impuestos nacionales Formulario 490, éstos se les
generarán con dos códigos de barras y no requerirán de adhesivo una vez
presentados en las entidades bancarias autorizadas.
Es
importante tener en cuenta, que el usuario debe digitar la fecha de
presentación en la entidad bancaria, en la casilla 32 del formulario 490. Si la
fecha no concuerda con la de presentación, el formulario será rechazado por el
banco.
La DIAN
recuerda que el formulario 490 debe utilizarse por todas las personas naturales
o jurídicas, responsables principales, solidarias o subsidiarias que efectúen
pagos de Impuestos Nacionales por cualquier año gravable, excluyendo los
tributos aduaneros y obligaciones cambiarias, para los cuales existe otro
recibo.
El
formulario 490 se utiliza para pago de los siguientes conceptos: renta, ventas,
sanciones (Resolución Independiente), pago de retenciones que no requieren
presentación de declaración (venta activos fijos, pagos por ganancia
ocasional), seguridad democrática, impuesto al patrimonio, sanción declaración
individual precios de transferencia, sanción declaración consolidada precios de
transferencia, retención renta, retención ventas, retención timbre, aporte
especial notarías y gravamen a los movimientos financieros.
Este es
otro avance que la DIAN lleva a cabo en su proceso de modernización,
facilitación de servicios y acercamiento al ciudadano, ya que con estos
formularios, de manera inmediata ingresará la información a las bases de datos
de la Entidad.
Para
acceder al servicio de diligenciamiento, el contribuyente deberá ingresar a
www.dian.gov.co, opción Usuarios Registrados, se identifica, selecciona el
botón ingresar y da la opción Diligenciar/Presentar y seleccionar el formulario
a diligenciar.
Finalmente,
La DIAN comunica que los demás formularios tributarios, también tendrán esta
facilidad y se irán incorporando en los próximos meses.
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