DECRETO 0862 DEL 26
ABRIL 2013
ARTíCULO 4. DECLARACiÓN
Y PAGO. Los agentes
de retención del impuesto sobre la renta para la equidad - CREE deberán
declarar y pagar las retenciones efectuadas en cada mes, en el formulario
prescrito por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Los plazos para presentar las declaraciones de retención en
la fuente correspondientes a los meses del año 2013 y cancelar el valor
respectivo, vencen en las fechas del mismo año que se indiquen.
PARÁGRAFO 1. Los contribuyentes, responsables o
agentes retenedores que cuenten con el mecanismo de firma digital estarán
obligados a presentar las declaraciones de retenciones en la fuente por
concepto del impuesto sobre la renta para la equidad - CREE por medios electrónicos.
Las declaraciones presentadas por un medio diferente, por parte del obligado a utilizar
el sistema electrónico, se tendrán como no presentadas.
Así mismo, a partir del 1 de agosto de 2013, los contribuyentes,
responsables y agentes de retención de que trata este parágrafo estarán
obligados a realizar los pagos por concepto del impuesto sobre la renta para la
equidad - CREE y por las retenciones del mismo impuesto a través de medios
electrónicos.
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